Dada la creciente demanda de este tipo de documentos, en esta ocasión les enumeramos los trámites necesarios para que un documento notarial surta efectos en Arabia Saudí.
Continuando con el tema de nuestra entrada anterior, y dada la creciente demanda de este tipo de documentos, en esta ocasión les enumeramos los trámites necesarios para que un documento notarial surta efectos en Arabia Saudí:
- En primer lugar, es necesario legalizar la firma del Notario en el Colegio Notarial correspondiente.
- A continuación, se ha de obtener la legalización correpondiente en el Ministerio de Justicia. En concreto, en la Sección de Legalizaciones: c/ Bolsa, nº 8, en horario de lunes a viernes de 9h a 17.30h, y los sábados de 9h a 14h. La legalización se otorga en el momento, hasta un máximo de 4 documentos.
- Una vez se haya legalizado el documento, se puede proceder con la traducción jurada, en la que se hará constar los sellos del Colegio Notarial y del Ministerio de Justicia mencionados anteriormente.
- En el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, se legalizará la firma del traductor jurado. Dicho trámite se puede realizar de las siguientes maneras:
Por cita previa: http://citaprevia.maec.es/citaprevia/
Por correo: mandar original y traducción jurada por correo certificado junto con un sobre Postal Express en el que figure la dirección a la que irá de vuelta.
Dirección: Ministerios de Asuntos Exteriores. Sección de Legalizaciones. c/ Juan de Mena, 4. 28014 Madrid. Teléfono: 91 379 96 00 - Por último, será necesario acudir a la representación diplomática o consular, acreditada en España, del país en el que ha de surtir efecto el documento, en este caso, en el Consulado de Arabia Saudí.
Como ya dijimos, los trámites variarán según el país de destino y la naturaleza del documento (notarial, judicial, académico,…), de modo que este artículo debe considerarse únicamente a modo ilustrativo.