Hasta aquí, todo bien e informativo. Y he de decir… ¡qué gusto escuchar a D. Juan Miguel Ortega Herráez, presidente de la Asociación de Universidades del Estado Español con Titulaciones Oficiales de Traducción e Interpretación (AUnETI), hablar de la letra pequeña! En particular, sobre la capacitación de los perfiles que se contratan y la remuneración.
Y es que todo está unido… Dejemos de lado la partida económica. Según se expuso en la jornada, el pliego no define en ningún momento qué se entiende por “intérprete” (al igual que tampoco se define qué es un “mediador cultural”), qué requisitos mínimos de formación ha de cumplir y, por ende, de calidad. Y pienso “qué difícil cubrir tantas variantes lingüísticas y poder certificarse en ellas, si en la mayoría de las Universidades de Traducción e Interpretación apenas se cubren las lenguas más comunes”; pero, como mencionó D. Juan Miguel, ¿por qué no crear microcredenciales universitarios que habiliten y garanticen la calidad del personal al que se contrata? Bien, sería un paso, me digo, ¡y un mínimo! porque, en algunos casos, ¿no debería ser, además, jurado el profesional que interprete la entrevista que vaya a servir de base para resolver una solicitud de protección internacional? Quizás la falta de exigencia formativa explica que, en el propio pliego, se pida que se forme al personal que vaya a cubrir el servicio (un plan de formación anual y, como compromiso puntuable, una formación inicial de al menos seis horas). Y, volvemos a la misma rueda…
Yo no me he leído el pliego: hace años que tomé la decisión de no participar en licitaciones que se decidían sobre todo por precio (aunque parece que en este caso el criterio económico pondera un 45%), con tarifas irrisorias y que, a mi juicio, no permitían remunerar dignamente al personal. Pero, volviendo a lo que aludía D. Juan Miguel: ¿no deberíamos definir qué es un “intérprete”, exigir una formación adecuada, dotar de dicha formación o posibilidad de habilitación, remunerar adecuadamente y, así, poder cubrir esta necesidad tan humanitaria y, si me apuras, jurídicamente exigible?
También se mencionó el uso de la IA, como no podía ser de otra manera. Y, a día de hoy, ¿vamos a pretender que una máquina sin supervisión humana (aunque estuviera alimentada con el Diccionario jurídico de Alcaraz) vaya a poder atender este tipo de necesidades, sobre todo en lenguas con pocos recursos digitales?
Es que lo queremos todo.
