Numerosas empresas privadas, instituciones públicas y particulares trabajan en España con documentación relevante cuya traducción ha de ser jurada: certificados, contratos, actas, etc. Todos estos documentos, para que sean válidos, los ha de traducir un traductor jurado; o sea, un traductor que esté en posesión del título que concede el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC).
¿Qué es la traducción jurada?
La traducción jurada consiste en la traducción de documentos por parte de un traductor habilitado para ello, es decir, de un traductor (e intérprete) jurado, reconocido por el MAEUEC, quien jura que la traducción es fiel al contenido original, dotándola así del mismo carácter oficial que el documento original objeto de traducción. Esta no debe confundirse con la traducción jurídica, la cual no es otra que una especialidad dentro de los distintos ámbitos de traducción, esto es, la traducción de documentos con contenido jurídico o legal. Si bien la traducción jurada, en muchas ocasiones, suele tratar documentación jurídica, como actas de matrimonio o poderes notariales, también se pueden jurar traducciones de especialidad económica o técnica, entre otros.
La firma digital en las traducciones juradas
Desde su aparición y hasta la fecha, la traducción jurada ha evolucionado y ha sido objeto de modernización y adaptación a las necesidades actuales de quienes la requieren. Hasta la fecha, las traducciones juradas habían de entregarse impresas, acompañadas del documento original y, entre otros requisitos, debían ir firmadas, selladas y fechadas por el traductor jurado, otorgando así de validez a la misma.
Actualmente, y tras las dificultades que surgieron al verse truncada la posibilidad de entregar físicamente las traducciones juradas, la Oficina de Interpretación de Lenguas (OIL), máximo órgano de la Administración Pública de Traducción e Interpretación propuso en 2020 la opción de poder entregar las traducciones juradas en formato electrónico. Para ello, los traductores jurados habrán de contar con una firma electrónica validada y seguir una serie de pautas para que se considere igualmente válida. De esta manera, no solo se agilizan los procesos de entrega de los documentos, sino que además se economiza en gastos de mensajería y es más respetuoso con el medio ambiente, al ahorrarse la impresión, en muchos casos, de cuantiosas hojas.

Requisitos para la legalización de documentos públicos y su traducción jurada
Las condiciones mencionadas previamente son únicamente aplicables para España y para documentos en los que se trabaje con el español como lengua vernácula; esto es, para textos originales en español con traducción jurada a otro idioma o viceversa. Asimismo, todo documento expedido y destinado dentro del territorio nacional y traducido por un traductor jurado no requerirá de una posterior legalización.
No obstante, cuando el documento original procede de fuera de España o cuando se trata de un documento de origen en España, pero cuyo uso se destina al extranjero, podría haber una serie de pasos adicionales para dotar de validez al mismo. Existen, por ende, una serie de factores que determinan en cada caso el proceso a seguir para la autenticación del documento según el contexto del mismo.
Como se explica en la página del Ministerio de Asuntos Exteriores, hay ciertos documentos que, aunque cumplen con las características anteriormente mencionadas, no requieren de ningún paso de legalización para considerarse válidos en España. Este es el caso de documentos de Registro Civil, de uniones de hecho, de filiación y los relativos a domicilio, residencia, nacionalidad y certificado de antecedentes penales, siempre y cuando provengan de algún país miembro de la Unión Europea o de la Embajada o Consulado de alguno de estos en España.
De no coincidir con ninguna de las características mencionadas, el documento deberá ser autenticado. Así, los trámites para la legalización de documentos difieren según si el país al que se dirige o del que proviene es firmante del Convenio de la Haya.

En caso de no formar parte de dicho Convenio, previa a la traducción jurada será necesaria la legalización del documento original por parte de un organismo oficial, como, por ejemplo, el Ministerio de Asuntos Exteriores o la embajada o consulado del país en cuestión. Para los documentos notariales en concreto, en primer lugar, se ha de asistir al colegio notarial; después, al Ministerio de Justicia; tras esto, al MAEUEC y, por último, se ha de presentar en la embajada o consulado correspondiente. Algo similar ocurre con la traducción jurada de los documentos destinados a Arabia Saudí, donde varía incluso la legalización del documento según su finalidad. Por ejemplo, en el caso de la traducción de un documento notarial para este país, previo a la traducción jurada, será necesario legalizar la firma del Notario y obtener su legalización en el Ministerio de Justicia y, tras su jura, presentarlo en el Consulado de Arabia Saudí.
La situación cambia si, por el contrario, el documento proviene o se destina a países firmantes del Convenio de la Haya, como se menciona anteriormente. Para dotar de validez al documento, previa traducción, habrá que añadir la Apostilla, sello por el cual se autentifica un documento entre países firmantes del Convenio de la Haya. Este sello se puede obtener en el Tribunal Superior de Justicia o en el Colegio Notarial. Una vez añadida la Apostilla y, por tanto, legalizado el documento, es importante tener en cuenta que el traductor jurado habrá de traducir tanto el documento en cuestión como el sello.
(en función de cada caso)
En cualquiera de los casos anteriormente mencionados, tras el paso de legalización pertinente de cada documento y su posterior traducción jurada, podría ser necesaria, asimismo, la legalización de la firma del traductor jurado.
Dado que los pasos sobre la legalización de traducciones juradas tanto para el extranjero como para España dependen de numerosos requisitos en relación con el origen, destino y finalidad del documento objeto de traducción, es importante contar con esta información antes de solicitar una traducción para garantizar que se realizan los trámites correspondientes en función de cada caso y que esta pueda cobrar de la legalidad correspondiente.
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